Artículo de Isidro Toro Pampols
Vamos a ir de lo menor a lo mayor, pero la realidad está hecha de la suma de esas pequeñas cosas que hacen de la cotidianidad un tránsito agradable o todo lo contrario.
En el país está establecido en el Código de Trabajo, en su artículo 228, el 10% de propina legal y aplica solo al consumo dentro de restaurantes, bares y similares. Este monto debe ser distribuido entre los empleados de servicio, excluyendo al personal administrativo y no es un ingreso para el dueño del local.